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6/5/2020

Hogar Peldaños

Instructivo para aplicar el Protocolo de prevención y de actuación ante sospecha de COVID-19 (Coronavirus) en un Hogar o Centro de Día y Noche de Niños, Niñas y Adolescentes - CABA

Aprobado por la Dirección General de Niñez y Adolescencia - Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.

Este instructivo se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la pandemia en curso.

Este instructivo se elabora en el marco de la Resolución N° 1-2020-SSPSGER que establece el "Protocolo de actuación del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat (en adelante MDHYH) para la prevención de transmisión y para la actuación ante situaciones sospechosas del virus COVID-19 (Coronavirus)”, en hogares y centros de día y noche, propios y conveniados, para niños, niñas y adolescentes (en adelante NNyA) sin cuidados parentales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y con el fin de reforzar las medidas que deben ser tomadas por los equipos responsables, ante la situación de un niño, niña y/o adolescente con síntomas en cualquier unidad convivencial o transitoria, dependiente de la Dirección General de Niñez y Adolescencia del ministerio anteriormente mencionado.

Como es de público conocimiento por Decreto de Necesidad y Urgencia N� 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus).

Asimismo mediante el Decreto N� 147/20, se estipularon medidas orientadas a la administración de los recursos humanos de la Administración Pública y aquellas que garanticen la prestación de sus servicios esenciales durante la pandemia. Específicamente en el artículo 8 se estableció que: "el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat deberá contemplar, durante la vigencia de la suspensión de clases dispuesta por la autoridad competente, en los efectores del Ministerio, el mantenimiento de los servicios, a los efectos de asegurar el desarrollo habitual de las actividades administrativas indispensables, la
coordinación de los servicios sociales críticos y las actividades que se programen, reasignando personal dentro del Ministerio".

En este sentido por Resolución Conjunta N� 7-MJGGC/20 se determinaron las áreas cuyos servicios son consideraciones esenciales para la comunidad y el funcionamiento de la administración durante la vigencia de la situación epidemiológica, entre las cuales se contempla a la totalidad de este Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.

Cabe destacar que, tanto el protocolo como el presente instructivo podrá ser modificado según el avance de la pandemia y de la actualización de la Normativa Nacional.


A) MEDIDAS INSTITUCIONALES DE PREVENCIÓN

1. Instrucciones para el personal.
1.1. Higiene Personal: Se instruye a todo el personal de los Hogares y Centros de Día de NNyA a tomar las siguientes medidas y recomendaciones de Higiene:
- Lavarse frecuentemente las manos con agua y jabón o usar desinfectante con base de alcohol, sin olvidar las muñecas y entre los dedos. Se recomienda que, para un buen lavado de manos, la misma dure entre 40 y 60 segundos. Higienizarse las manos sobre todo antes y después de comer, manipular alimentos, manipular basura o desperdicios, luego de ir al baño, de haber tocado superficies públicas como pasamanos, picaportes, como así también después de manipular dinero, llaves, animales, juegos, juguetes, entre otras que hayan estado expuestas al uso público.

- Al toser o estornudar, cubrir boca y nariz con la parte interior del codo o utilizando un pañuelo descartable. Si se utiliza pañuelo descartable, desecharlo en el tacho más próximo inmediatamente.

- Mantener ventilados los ambientes en donde se encuentran.

- No llevarse las manos a la cara, ojos, nariz y boca sin lavado previo.

- Desinfectar bien los objetos que se usan con frecuencia.

- Ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad para respirar) se recomienda comunicarse con los servicios de salud responsable de la respectiva jurisdicción y dar aviso a la DGNYA.

- No compartir bombillas, cucharas y utensilios de alimentación, como cualquier otro elemento de uso personal.

- Cambiarse de ropa al ingresar al Hogar o Centro de día y noche.

- Evitar aquellas salidas que no se encuentren dentro del marco de una extrema necesidad.

- Se recomienda el uso de elemento de protección que cubra nariz, boca y mentón.

1.2. Control de Personal en Hogares y Centros de Día y Noche:
- Cada dispositivo deberá llevar un registro diario de todas las personas que ingresen al mismo, bajo el cual, ante un caso COVID-19, podrán determinarse las personas que estuvieron en contacto estrecho.

- El personal y todas las personas que ingresen al dispositivo deberán autocontrolarse regularmente la temperatura y dejarlo registrado en el mismo registro de ingresos.


2. Régimen de visitas
Las visitas a los NNyA serán prohibidas. Las vinculaciones con familiares se harán mediante llamado telefónico.
La vigencia de la prohibición de visitas y vinculaciones en los Hogares está sujeta a la temporalidad que establezca la normativa de. Finalizado dicha aislamiento, las visitas quedarán restringidas hasta tanto se culmine la Emergencia Sanitaria.


3. Régimen de Mantenimiento Edilicio
Se comunicará el reclamo mediante las vías habituales y la Dirección de Infraestructura Social enviará cuadrilla de mantenimiento sólo en los casos de urgencia, entendiéndose por estos: falta de servicio (agua, electricidad, calefacción), riesgo estructural inminente o peligrosidad. En este caso, la cuadrilla a ingresar al hogar deberá cumplir todas las medidas explicada en el punto 1.1.


4. Nuevos Ingresos de NNyA a los dispositivos
4.1. Ingresos de NNyA en Hogares:
Los aptos médicos necesarios para los nuevos ingresos serán articulados con la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil dependiente del Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (CDNNYA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

4.2. Ingresos de NNyA en Centros de Día y Noche:
Los NNyA deberán permanecer dentro de los Centros de Día y Noche, en virtud del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N° 297-2020.
Previo al ingreso de un NNyA al Centro de Día y Noche se deberá realizar un control de temperatura del mismo, así como la verificación de que el mismo no presente otros síntomas característicos del COVID-19.


5. Medidas de Limpieza y Desinfección en los Dispositivos
Se deberán reforzar las medidas de limpieza y desinfección de todos los dispositivos. Se recomienda lavar periódicamente las superficies de uso con una solución de agua y lavandina (proporción según etiqueta del producto a utilizar), lavar con mayor frecuencia de la habitual ropa de cama y ropa de uso de los NNYA, y desinfectar todos los insumos provistos desde el exterior (alimentos y cualquier otro objeto o recipiente)

B) CONCIENTIZACIÓN
Informar diariamente a NNyA y al personal que trabaja en los dispositivos de todas las
medidas obligatorias a tomar de manera preventiva, y de actuación frente a la posibilidad de
contacto con personas afectadas. Es importante que la transmisión oral de la información
esté acompañada por material gráfico dispuesto en lugares visibles (cartelería y afiches
explicativos).
Se recomienda instrumentar los medios necesarios para la trasmisión de esa información a
diario.

C) PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CASO SOSPECHOSO DE COVID-19
Conforme a la Resolución N° 1-2020-SSPSGER, se detallan en el presente apartado los lineamientos generales a seguir ante la detección de síntomas compatibles con COVID-19 en un NNYA o adulto trabajador de un Hogar o Centro de día y noche.
Tales lineamientos fueron elaborados priorizando los vínculos ya establecidos con el NNyA, y la prevención de propagación del virus en los dispositivos.
Asimismo, cada Hogar o Centro en articulación con la Gerencia Operativa Atención Integral a la Niñez y Adolescencia en situación de vulnerabilidad, deberá adaptarlos a las particularidades de sus dispositivos, teniendo en cuenta las características del mismo.
Además se recuerda que el presente protocolo podrá ser modificado según el avance de la pandemia y de la actualización de la Normativa Nacional y/o local.


1.CÓMO ACTUAR ANTE CASO SOSPECHOSO DE COVID-19
Pasos a seguir cuando un NNyA u operador presente síntomas compatibles con COVID-19,
a saber:
- secreciones nasales,
- dolor de garganta,
- tos,
- fiebre,
- dificultad para respirar en casos graves

1.1. Detectado alguno de los síntomas, el equipo responsable del mismo deberá aislar preventivamente al sujeto del resto de los habitantes del hogar o centro de día y noche. Esto deberá hacerlo en cualquier espacio que pueda abstenerse de la circulación diaria del hogar o centro de día y noche, siempre que sea posible, y deberá permanecer allí hasta que se haga presente el SAME en Hogar.
El personal que atiende al NNyA en el espacio de aislamiento dentro del Hogar, tendrá que cumplir con las precauciones de contacto y de gota: higiene de manos, guantes, barbijo.
Además deberá reducirse al mínimo el número de trabajadores que entren en contacto con el caso en sospecha.
Automáticamente el equipo responsable deberá llamar al Servicio de Emergencias (107-CABA- o 148 �Pcia.- según corresponda) Y a su vez, deberá dar conocimiento inmediato a la Supervisión de Hogares, a la Dirección General de Niñez y Adolescencia (DGNYA) del MDHYH y a la Defensoría correspondiente. La DGNYA a su vez pondrá en conocimiento inmediato al CDNNYA y las autoridades del Ministerio de Salud. (Télefono Dirección: 1168395162 Teléfono Gerencia:11-2236-0346).
La Gerencia Operativa Atención Integral a la Niñez y Adolescencia en situación de vulnerabilidad social deberá dejar asentado el seguimiento del caso.

1.2. El operador y médico de la central de emergencias harán una evaluación telefónica. Si resulta definido como potencial caso sospechoso de infección por COVID-19, la central despachará móvil de traslado con médico (según último protocolo emitido por el Ministerio de Salud el que podrá ser modificado)

1.3. El médico del SAME se hará presente en el lugar y evaluará al NNYA. Si confirma que es un caso sospechoso de COVID-19, aplicará el Protocolo establecido por el Ministerio de Salud de GCBA.

1.4. El mencionado Protocolo de Salud establece que, de detectar en su evaluación presencia de signos o síntomas de alarma o riesgo clínico, se procederá a derivación a un establecimiento de salud con internación. La toma de muestras se realizará en dicho establecimiento. En ausencia de riesgo elevado, se tomará muestra en el domicilio y luego será derivado a una institución extra-hospitalaria para el aislamiento correspondiente.
En cualquiera de los dos casos de derivación, deberá acompañar al NNyA un adulto responsable, manteniendo medidas de aislamiento de contacto y gota. Es necesario que en la medida de lo posible, quien acompañe sea alguien que tenga vínculo previo con el NNYA, a fin de poder dar resguardo emocional al mismo.

2. MIENTRAS SE AGUARDAN LOS RESULTADOS
Hasta la confirmación de los resultados del caso sospechoso, el dispositivo deberá permanecer en aislamiento preventivo. Respecto al personal, el Plan de Acción elaborado por cada dispositivo hasta contar con los resultados del test, deberá adoptar las medidas de prevención, higiene y salubridad, priorizando no exponer a nueva población a un espacio potencialmente de riesgo.

3. SI EL CASO RESULTA NEGATIVO DE COVID-19
En caso de descartarse COVID-19, el NNYA deberá reingresar al dispositivo hogar o al centro de día y noche, dependiendo el caso. El mismo contará con un certificado de COVID- 19 negativo para evitar confusiones y dar tranquilidad a los demás convivientes del espacio, provisto por el centro hospitalario.
No obstante al resultado negativo del COVID-19, el dispositivo deberá tomar las medidas de escudamiento y restricciones de contacto social hasta completar catorce días desde la fecha de alta institucional.

4. SI EL CASO RESULTA POSITIVO DE COVID-19
4.1. El dispositivo permanecerá en cuarentena hasta completar catorce días desde la fecha
de alta institucional, o el plazo que establezca el personal de salud.
4.2. El NNYA permanecerá en las instalaciones hospitalarias.
Cada dispositivo a través de la Coordinador/a deberá en articulación con la La Gerencia Operativa Atención Integral a la Niñez y Adolescencia en situación de Vulnerabilidad Social , elaborar un Plan de Acción, ajustado a las particularidades del personal, población, y otras características del dispositivo, para re-organizar el personal y el funcionamiento en caso de que fuera necesario, ante un resultado positivo de COVID-19. Dicho Plan deberá respetar los lineamientos generales que se describen en el correspondiente Protocolo y el presente Instructivo, es decir que procurará: priorizar la relación de los NNYA con vínculos preexistentes; prevenir la transmisión a trabajadores; mantener el aislamiento social que vienen cumpliendo los NNYA.
Por otro lado, el equipo del Ministerio de Salud a cargo de la investigación epidemiológica identificará a los contactos estrechos del caso positivo y realizará una vigilancia activa de los mismos mediante comunicación telefónica diaria durante 14 días a partir del último día de contacto con el caso confirmado. Ante la aparición de fiebre u otra sintomatología respiratoria, se considerará caso sospechoso y se procederá en consecuencia.
4.4. Respecto del NNyA con COVID-19 positivo el Ministerio de Salud de GCBA dará las indicaciones a seguir luego de la externación del NNyA .

5. CÓMO ACTUAR SI UN TRABAJADOR PRESENTA SÍNTOMAS FUERA DEL ÁMBITO
LABORAL

Si un trabajador del Hogar o Centro de Día y Noche presentara síntomas compatibles con COVID-19, el mismo deberá, según las recomendaciones a nivel a nacional, proceder a autoaislarse y comunicarse con la Central de Emergencias acorde a los protocolos de Salud vigentes. Asimismo dará aviso a la DGNYA.

De confirmarse como caso positivo de COVID-19, cada Hogar o Centro actuará de acuerdo a su Plan de Acción diseñado en función de sus particularidades, manteniendo siempre como lineamientos generales priorizar la relación de los NNYA con vínculos pre-existentes; prevenir la transmisión a otros trabajadore; y mantener el aislamiento social que vienen cumpliendo los NNYA.

4/4/2024

24 años protegiendo los derechos de la niñez

4 de Abril - HOGAR PELDAÑOS

Nuestro Hogar Peldaños cumple 24 años promoviendo y protegiendo los derechos de los más chicos. Gracias a los que nos ayudan día a día para que esto sea posible🤝

27/9/2023

Día Nacional de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Hoy conmemoramos el Día Nacional de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, que expresa el compromiso del Estado con la protección de sus derechos y su integridad.

Cada niño, niña y adolescente tiene derecho a:

 Ser respetados y tratados con dignidad.
 Tener acceso a una educación de calidad.
 Jugar, explorar y desarrollarse plenamente.
 Vivir en un ambiente libre de violencia y abuso.
 Recibir atención médica

 Proteger y promover sus derechos es indispensable para construir un futuro mejor.🤝🏻

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20/8/2023

Domingo 20 de agosto - Día de las Infancias

"Los pies más pequeños dejan las huellas más grandes"

12/6/2023

Prestá atención. El trabajo infantil pasa cerca tuyo

Las últimas estimaciones globales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Unicef  indican que, en todo el mundo, 160 millones de niñas, niños y adolescentes trabajan. En Argentina, los datos oficiales  señalan que 1 de cada 10 personas de 5 a 15 años realiza al menos una actividad productiva.
 
Con el apoyo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTEySS), la Oficina de País de la OIT para la Argentina presenta la campaña “Prestá atención. El trabajo infantil pasa cerca tuyo”, una iniciativa que recorrerá distintas provincias y que propone, mediante dispositivos de realidad virtual, mirar el problema con los ojos de las niñas, niños y adolescentes que trabajan.
 
El compromiso de Argentina está reflejado entre las prioridades estratégicas del IV Programa de Trabajo Decente del país para el período 2022-2025, acordadas entre la OIT y sus mandantes tripartitos. Y, recientemente, el MTEySS dio a conocer que Argentina obtuvo el estatus de “País Pionero” de la Alianza 8.7 , una categoría que distingue a las naciones que adoptan legislación y establecen políticas y mecanismos de coordinación para promover nuevos enfoques en la erradicación del trabajo infantil, en el marco de la Meta 8.7 de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.
 

12/6/2023

12 Junio Día Mundial contra el Trabajo Infantil

El Trabajo infantil vulnera los derechos de las infancias. 

Para alcanzar un mundo con justicia social para todos debemos erradicar el Trabajo Infantil. 

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